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17 Marzo 2022

Constitución Comunidad Parking independiente de viviendas   

Remito esta consulta por los problemas que estoy encontrando en un registro de la propiedad de Palma a la hora de constituir una comunidad de propietarios.


Se trata de constituir como comunidad independiente la Comunidad del Parking de la calle xxx. Adjunto certificación literal de la división horizontal.


Esta certificación describe la finca: La planta sótano de que constan los diferentes bloques A, B, C, D y E o cuerpos de edificación, se hallan comunicados entre sí, formando físicamente y de hecho un sólo local.......

Régimen de comunidad: ....cada Bloque gozará con respecto a los demás, de la máxima autonomía posible, dentro de los límites legales, constituyéndose tantas comunidades como Bloques,....

En el registro me dicen que no dice nada del parking y por tanto no puedo constituirlo de forma independiente, pero de hecho, si cada bloque se constituye como comunidad independiente el parking quedaría como independiente de hecho.

Ellos entienden la construcción como un bloque con su sótano o parking debajo, pero yo entiendo que no es así, el parking tiene sus propios elementos (sistema de ventilación, extintores, puerta....).

¿Si no se constituye como independiente hay que convocar a todos los propietarios de parking, que la mayoría no tiene vivienda en los bloques superiores, y a los propietarios de los pisos para cambiar, por ejemplo, la puerta del parking? y ¿estarían obligados a pagar según su coeficiente?

Por otro lado, adjuntamos un extracto de la división horizontal de otra finca. Aquí describen la finca por plantas: sótano -2, sótano -1, planta baja, planta 1º...... Omitimos la descripción de cada elemento y añadimos las normas de comunidad. En las normas se describen los elementos comunes, la utilización de cada propiedad, la distribución de gastos.... No se habla en ningún momento de poder constituir comunidades independientes. Sin embargo sí tenemos constituidas 11 comunidades. Una general y 10 subcomunidades, 9 para cada portal y 1 para el parking.

No entiendo esta diferencia de criterio que no obedece sino a una interpretación literal de un documento, porque no dice expresamente Bloques y Garaje, y una interpretación más amplia, que no establece la posibilidad de subdivisión, pero que de hecho entiende la practicidad de la misma.

¿Qué podemos hacer?


Respuesta:

 

Sin perjuicio de profundizar en el tema, de entrada yo entiendo que no se puede constituir una comunidad independiente de los Parking de la Comunidad General. Es a mi juicio jurídicamente imposible. Lo que entiendo sería factible es  constituir una subcomunidad de los Parking dentro del integro edificio.

               

Cordialmente, Sebastián Romaguera


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