Tenemos que repartir una derrama de 7.200€ entre los cotitulares registrales de una comunidad de propietarios, para poder realizar unas obras en una terraza superior del edificio que es comunitaria de uso privativo. La comunidad tiene 6 pisos y un local, mi consulta es si hemos de repartir la citada derrama solo entre los pisos o incluir también en el citado reparto al local comercial
Respuesta:
De entrada y siempre que el titulo constitutivo no exima expresamente del pago de esa concreta obra a los locales, debe distribuirse entre todas las partes determinadas de la Comunidad, sin excepción.
Cordialmente,
Sebastián Romaguera
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