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Servicios

28 Diciembre 2021

Costes arreglo terraza cubierta edificio   

 

En la comunidad, hay diversas viviendas en los bajos, primero y segundo piso (los del 2º, tienen el uso privado de las terrazas, que son la cubierta del edificio). En un acta con otro administrador se aprobó por unanimidad: que después de la impermeabilización general de todas las terrazas de la finca, todos los gastos futuros de las terrazas, fueran sufragados por los usuarios de los segundos (que son los del segundo piso, ya que tienen uso privado).  

 

La pregunta es si dicho acuerdo es ajustado a Derecho, ya que la reparación de la cubierta del Edificio, coincide con que son las terrazas privativas de los del 2º piso, y por tanto, entiendo que tendrían que sufragar los gastos, todos los propietarios (por ser estructura) y no sólo los propietarios del 2º que tienen el uso privativo de las terrazas.

 

Ruego me indiquen si mi apreciación es correcta o me estaría equivocando.

 

 

Respuesta:

 

Depende de la patología que presenten las terrazas conforme dictamen pericial que se realice a tal efecto, de forma que si se trata de un problema derivado del mero mantenimiento y conservación de la terraza de uso privativo, deberán costear la reparación  los propietarios que tienen atribuido el uso exclusivo y si se trata de un problema estructural y por tanto de una reparación extraordinaria , obvio es que al ser elemento común por naturaleza, la reparación deberá ser costeada por la Comunidad y ello –a mi juicio-  a pesar de que en una junta, tras una nueva impermeabilización, se acordase que todos los gastos futuros de la terraza, fueran sufragados  por los usuarios.

 

Como te he manifestado deberá aplicarse la Ley conforme la patología que presente la terraza en su momento.

 

Cordialmente, Sebastián Romaguera


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