Respuesta:
Estoy convencido que es posible que la propia comunidad acuerde controlar ellos mismos el aforo del uso de la piscina. Las Normas legislativas que se han dictado durante el estado de alarma, como hemos observado, son muy deficientes y requieren más unas adivinanzas que una interpretación.
La misión del Administrador no es dejar o no dejar nadar a la gente. Es informar y remitir las normas que nos han venido señalando del Consejo General de Administradores de Fincas. Vuestra responsabilidad finaliza tras el asesoramiento. Los Administradores no tienen la condición de autoridad para prohibir o permitir nada.
No te angusties.
Cordialmente,
Sebastián Romaguera
Puedes ponerte en contacto con nosotros.