El banco me comunicó por email que debía renovar cargos en una comunidad que yo administro y que si no bloquearían la cuenta. La convoqué el 3 de mayo para celebrarla hoy 11 de mayo.
El decreto es de 4 de mayo que suspende la obligación de convocar juntas para renovar cargos
¿Puedo suspender la junta de hoy?
¿Si viene un número reducido de propietarios la puedo celebrar?
Respuesta:
Debéis considerar si se trata de un acuerdo que se pueda o no demorar hasta el 31 de Diciembre. Es una apreciación personal que debe realizar el Presidente.
Si se bloquea la cuenta comunitaria entiendo, a mi juicio, que es un acuerdo que no debe ni puede demorarse.
Cordialmente,
Sebastián Romaguera
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