Los contratos de arrendamiento que ya se han acogido a la prorroga extraordinaria de seis meses, puede el inquilino a raíz del Real Decreto-Ley de 29 de septiembre volver a acogerse a otra prórroga de seis meses más.
Por ejemplo un contrato que vencía en mayo, el inquilino solicitó la prorroga extraordinaria de 6 meses, es decir hasta noviembre, puede ahora volver a solicitar una prórroga de otros 6 meses.
Respuesta:
Yo entiendo que no puede volver a solicitarla en cuanto se trata de UNA PRORROGA EXTRAORDIARIA del plazo del contrato y no varias prorrogas de un plazo de seis meses y siempre dentro de los supuestos del Artº. 9.1 de la LAU y sus prorrogas legales 10.1 de la LAU.
Cordialmente,
Sebastián Romaguera
Resuelve cualquier tema poniéndote en contacto directamente con nosotros.