Como administradora de fincas, comienzo a recibir preguntas de mis comunidades en el sentido de saber si se pueden usar las zonas comunes, jardines y las terrazas de la piscina, para tomar el sol, entendemos que el baño de momento no está autorizado.
Respuesta:
Te adjunto la circular que esta mañana ha remitido y circulado el Consejo General.
Por desgracia debemos seguir interpretando que la llamada “movilidad” está reservada para la via pública y la nueva norma (orden SND/399/2020 de 9 de Mayo) no determina la posibilidad de utilización de elementos comunes de la Comunidad, ente ellos las piscinas y zonas de agua que quedan excluidas expresamente, todo a excepción de los espacios y zonas deportivas al aire libre de la propia comunidad, que han quedado autorizados para su uso con las limitaciones impuestas en la orden.
Cordialmente,
Sebastian Romaguera
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