Estoy haciendo el relevo en una comunidad, y un propietario tiene una serie de delegaciones donde dice “permanente”
Me parece a mi que las delegaciones deben ser específicas para cada reunión
Respuesta:
Mi opinión es que la LPH no prohíbe, en el artº 15.1, la representación global para todas las Juntas que se celebren siempre que conste en el documento firmado de forma indubitada, es decir de manera clara y expresa que el representante goza de esa facultad hasta tanto no sea revocada.
Cordialmente, Sebastián Romaguera
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