Me han solicitado que consulte a la Asesoría Jurídica de este colegio si los locales que no participan en el gasto de los honorarios de Administrador tienen derecho a voto en el nombramiento del cargo de Administrador. Respuesta:
Si no existe una norma estatutaria al respecto, el hecho de que unos propietarios de locales no paguen los gastos de comunidad relativo a los honorarios del Administrador no les impide, como cualquier otro propietario, asistir a la Junta y votar en ella cualquiera de los asuntos a tratar en el orden del día de una Junta de Propietarios. Cordialmente, Sebastián Romaguera
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