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02 Mayo 2016

Derecho admisión en despacho Administrador - Sacar a alguien de la Junta Propietarios   

Solicitamos me indiquen qué se puede hacer ante un propietario de una comunidad que cada vez que asiste a una Junta su idea es boicotear la reunión para que no se puedan tomar acuerdos, gritando, braceando, no respetando el turno de palabras y en una postura intimidatoria y agresiva, hasta que consigue que los propietarios se vayan sin poder tomar los acuerdos.

 

Como Administración, podemos reservarnos el derecho de admisión para que esta persona no pueda entrar en el despacho, lugar donde se celebran las reuniones?. Podemos contratar a un agente de seguridad para evitar que entre en las reuniones y que los propietarios puedan tomar los oportunos acuerdos?.

 

La junta de propietarios o la junta directiva puede tomar una acuerdo para que este propietario no pueda asistir a las juntas?. Qué podemos hacer legalmente para evitar este tipo de situaciones?.

 

 

Respuesta:

Aunque en la LPH no hay nada previsto al respecto, creo posible la expulsión de aquellos propietarios que alboroten en la Junta y no guarden las formas adecuadas en la discusión de los asuntos (insultando, gritando, etc). Si es necesario se debe llamar a la Policía para que lo desaloje y si el propietario expulsado considera que ello atenta contra sus derechos, puede impugnar judicialmente esa decisión de la Junta.

 

La sentencia de la AP Madrid, del 9 de Junio de 2.006 señaló que la expulsión de disidentes de la Junta no afecta a los acuerdos adoptados por mayorías suficientes , lo que implica un antecedente judicial que puede resultar importante.

 

Lo que entiendo que no es posible es privar a un propietario el asistir a la Junta por temor a posibles alborotos e insultos. No existe norma legal que pueda amparar esa decisión.

 

Cordialmente,

 

Sebastián Romaguera

 

 


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