CONSULTA
Un administrador de fincas ha sido nombrado recientemente para gestionar una comunidad de propietarios. Al recibir la documentación del anterior administrador, no se le facilitó la información contable necesaria para establecer los saldos iniciales, circunstancia que fue comunicada en una junta extraordinaria, donde se acordó dar por válida la solución propuesta respecto a dichos saldos.
Posteriormente, una propietaria que además había ejercido anteriormente como administradora de la comunidad durante varios años remitió un burofax a la presidencia indicando que se encuentra en situación de morosidad por cuotas comunitarias pendientes de pago.
La propietaria manifiesta que procederá al abono de las cantidades pendientes una vez se le facilite determinada documentación, entre ella:
La administración dispone actualmente de un sistema informático mediante el cual los propietarios pueden consultar facturas y determinada información económica de la comunidad, incluyendo extractos bancarios.
La propietaria afirma que existía un acuerdo comunitario adoptado durante su etapa como administradora por el que se establecía la obligación de remitir dicha documentación por correo electrónico, aunque no se ha localizado el acta correspondiente ni consta dicho acuerdo.
Ante esta situación, se plantean las siguientes cuestiones:
RESPUESTA
Que el administrador comunique al propietario moroso su saldo deudor con desglose temporal de las cantidades adeudadas es una labor razonable que entra dentro de sus obligaciones habituales.
Ahora bien, justificar contablemente el origen de dicha deuda con aportación de presupuestos, facturas, cargos, etc., en definitiva, rehacer las cuentas de la comunidad para que el moroso vea reflejado el origen exacto de su saldo deudor no es un trabajo exigible al administrador. Maxime cuando las cuentas, facturas y extractos son directamente accesibles por los copropietarios a través del correspondiente portal.
Solo si el moroso tiene alguna duda sobre algún cargo o liquidación en concreto, resultaría razonable ofrecerle una explicación y/o exhibirle el documento en cuestión.
Juan Romaguera
Abogado
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