El presidente de una comunidad que administro me ha informado que en un piso del complejo han entrado a vivir unos okupas.
Acto seguido he comunicado al Banco propietario del piso (SAREB) lo que ha ocurrido a fin de que pueda adoptar las medidas que considere oportunas (denuncia en comisaría, demanda en el Juzgado) Mientras esta situación no se solucione, ¿puede hacer algo la comunidad? en orden sobre todo al uso y disfrute de instalaciones y servicios comunes (ascensor, piscina, etc.).
Agradecería me informaran sobre si la comunidad puede adoptar alguna medida ante esta situación.
Respuesta:
Por desgracia la Comunidad no puede instar el desalojo de una vivienda particular okupada por tercero indebidamente. Se podría personar el en el pleito penal posiblemente como perjudicada ( si el juez lo admite), pero quien debe llevar la acusación es la propiedad.
Cordialmente,
Sebastián Romaguera
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