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Servicios

20 Septiembre 2016

Devolución dinero a propietario   

Si una Comunidad debe devolver o no un dinero a un propietario que ha estado ingresando trimestralmente su cuota fija y que al mismo tiempo, el anterior administrador que gestionaba la Comunidad, le estaba enviando a su cuenta corriente la domiciliación de la misma cuota fija.

 

Por tanto, éste señor pagaba 2 veces la misma cuota trimestralmente.

Cuando nosotros presentamos las cuentas del anterior administrador y las deudas de los propietarios, éste señor se enteró de que tenía un sobrante bastante considerable a su favor y está reclamando su devolución.

 

La Comunidad, por supuesto, no está de acuero, sino que lo que quiere es que se vaya compensado el sobrante con la emisión de las futuras cuotas y que no ingrese nada hasta su total compensación.

 

Hay que decir que cuando cambiaron de Administrador, en la Comunidad sólo había 200 € en el banco y que éste propietario tenía a su favor 4.800 €.

 

¿Cómo tiene que actuar legalmente la Comunidad?.

 

Respuesta:

Muy Señores Míos:

 

Obvio es que ese propietario es acreedor de la Comunidad en la suma señalada. Se debe proceder o bien a devolverle el sobrante, o a llegar a un pacto de devolución aplazado del importe.

 

Cordialmente,

Sebastian Romaguera

 

 

 


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