Hola, tengo que dimitir de una comunidad, por motivos de pasotismo en general, aparte de la elevada morosidad y dejadez del edificio, no quiero que pase nada, y que por culpa de su poca preocupación yo sea responsable, y encima sin cobrar honorarios.
¿si como siempre nadie se presenta, que puedo hacer?
¿Puede el Colegio guardar la documentación hasta que se presente alguien, informando previamente obviamente, con carta certificada y demás?
Respuesta:
Corresponde a la Junta de Propietarios nombrar y remover a las personas que ejerzan los cargos (Artº. 14.a) de la LPH).
Mi consejo es que deberías intentar que se convoque una Junta de Propietarios para que os acepten el cese del cargo de administrador.
Ni que decir tiene que si el Presidente acepta personalmente vuestra dimisión y recoge la documentación….resuelto el problema.
El colegio no puede aceptar documentación de terceros en cuanto además de no ser, conforme Ley, finalidad de los colegios profesionales. podría incurrir en responsabilidad en base a la ley orgánica de protección de datos.
Cordialmente, Sebastián Romaguera
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