PREGUNTA:
Se trata de un Edificio Catalogado, protegido, con motivo de las reparaciones de unas humedades que afectaban al sótano del Edificio se ha descubierto que el local que las provocaba no disponía de red de saneamiento ni conexión con la red da alcantarillado, tiene un pozo ciego de recogida de aguas sucias en el que desembocan dos locales mas del Edificio, mi pregunta es la siguiente; ¿ a quien le corresponde liquidar las obras necesarias para crear una red de saneamiento para los tres locales con la construcción de una arqueta que dirija una tubería que conecte con la red de alcantarillado?. Esta red es solo par los tres locales, no desemboca ninguna tubería Comunitaria. Ha de contribuir el resto de los pisos de acuerdo con su cuota en el gasto o únicamente los tres locales?. Hay un solo contrato con la empresa suministradora, que incluye todas las partes determinadas del edificio. Por otra parte los estatutos dicen: "Igualmente serán comunes la red general desde la acometida general hasta el empalme, bifurcaciones o acometida particulares de las instalaciones de agua a presión, aguas residuales, energía eléctrica ...."
RESPUESTA:
En contestación al texto de su consulta entiendo y sin perjuicio de que todo se puede discutir, que siendo común las acometidas y conducciones generales, la conexión de esos locales a la red deben ser abonados con cargo a la Comunidad de Propietarios que están dentro del edificio y forman parte integrante del mismo.
Cordialmente,
Sebastián Romaguera
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