Necesitamos saber si podemos quitar el cobro en efectivo de los recibos a los propietarios y solo permitir que sea o domiciliado o con tarjeta de crédito, por motivos de seguridad.
Respuesta:
La Ley 7/2012 de 29 de Noviembre determina la posibilidad de pago en efectivo hasta un valor de 2.500 euros. Entiende la asesoría jurídica que esta posibilidad señalada por el administrador, solo se podría dar, si existiera un acuerdo en la Junta de Propietarios que así lo determine y no fuera impugnado judicialmente.
El administrador como profesional no puede limitar unilateralmente el pago en efectivo por una cantidad inferior a la señalada.
Sebastián Romaguera.
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