En una terraza comunitaria de uso privativo el propietario hizo obra poniendo tarima encima del piso y tapando las tuberías bajantes con columnas de madera y muro de obra, ahora da humedad al piso de bajo, con lo que hay que quitar toda la tarima que colocó en su día.
¿A quién le corresponde el gasto de poner y quitar dicha tarima?
¿A la comunidad le corresponde solo arreglar la terraza para solucionar la humedad?
En el libro de actas tan solo pone que el propietario de 8 avisa a la comunidad que va a realizar obras.
Respuesta:
Evidentemente que la Comunidad de Propietarios en Junta puede aprobar por mayoría simple un recargo de morosidad a través de un interés anual. Lo normal es acordar, en nuestros días, un interés entre un 5 y un 10%.
Entiendo que corresponde al propietario hacerse responsable de los defectos que ha ocasionado a los elementos comunes por su obra. Obvio es que debe retirar la tarima y si las humedades tienen su causa en la obra realizada debe pagar la subsanación, sin perjuicio de la Comunidad costee la reparación y luego se la repercuta en base a un informe técnico.
Cordialmente,
Sebastián Romaguera
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