Una empresa promotora construyó hace un par de años, una comunidad, compuesta de un edificio plurifamiliar y varios chalets independientes. La comunidad dispone de un vial interior y zonas ajardinadas comunes, piscina, así como una garita de vigilancia y una entrada común. También hay suministros de luz y agua comunitarios para las instalaciones interiores.
La promotora constituyó el 15/05/2018 la comunidad, estando terminados los apartamentos del edificio así como 3 de los 9 chalets independientes (los 6 restantes estaban en fase de terminación). También las zonas comunes estaban terminadas. La promotora no ha pagado cuotas de comunidad de los inmuebles no terminados, a pesar de exigir a la administración que todos los servicios estuvieran activos (vigilancia 24 h, conserjería, etc) y las instalaciones
en perfecto estado de mantenimiento. ¿Es correcto esta postura, puede la empresa promotora negarse a pagar cuotas de gastos comunitarios de inmuebles no terminados?
Respuesta:
Entiendo que si existe una edificación, aunque no esté terminada, debe pagar los gastos de comunidad y más cuando el propio constituyente fue el promotor que construye el complejo.
Cordialmente,
Sebastián Romaguera
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