El pasado 26/09 fue nombrada Marga administradora de fincas de la comunidad, según nos comentaron los propietarios el anterior administrador D. xxx llevaba 15 años siendo el administrador sin dar cuentas ni explicaciones y decidieron cesarlo.
El 04/10 se le mando burofax (adjunto copia) solicitando la recogida y entrega de la documentación de la comunidad.
Hoy mismo he contactado con su despacho y me atiende la secretaria y me indica que no se hará entrega de la documentación hasta que no se liquiden las facturas pendientes.
Yo le he comentado que son dos cosas distintas, que la documentación es de la comunidad y deben entregarla, y por otro lado las facturas pendientes.
El próximo viernes me tienen que mandar el email con las facturas pendientes.
¿Cómo puede actuar la comunidad en este caso?
Quedo a la espera de vuestra respuesta para comunicar a los propietarios y poder tener la documentación de la comunidad.
Respuesta:
La documentación es de la Comunidad y no de la persona que administraba. La debe devolver necesariamente y no puede condicionar la devolución al pago de sus honorarios, ya que estaría presumiblemente cometiendo un delito doloso de coacciones previsto y penado en el artículo 172 del Código Penal que va en contra de la libertad de obrar, la libertad física o la libertad de hacer o dejar de hacer algo, sea justo o injusto.
Cordialmente, Sebastián Romaguera
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