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Servicios

01 Marzo 2013

Entrega documentación   

PREGUNTA:

Ruego me remitan opinión del Abogado del Colegio de Administradores a la solicitud de un propietario de un comunidad a que le entregue fotocopias de:

 

* TODAS LAS FACTURAS EMITIDAS A FAVOR DE LA COMUNIDAD DEL AÑO 2012

* LOS JUSTIFICANTES DE PAGO DE DICHAS FACTURAS

* EXTRACTO BANCARIO DESDE FECHA 1 DE ENERO DE 2012.

 

Atentamente

RESPUESTA:

 

Apreciada Administradora:

 

            El artículo 20 de la LPH señala que corresponde al administrador custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad.

 

Existe divergencia entre la Doctrina de las Audiencias.

 

Yo opino, conforme señalan las SAP Granada del 8 de Marzo de 2.002 y de la SAP de Cádiz del 28 de Marzo de 2.012, que a lo que se refiere el artículo es la posibilidad de información del copropietario, pero no que cualquier propietario pueda tener libre acceso a esos documentos sin acuerdo expreso de la Junta de Propietarios. No debemos olvidar que la Comunidad de Propietarios se rige por los cargos legalmente establecidos, conforme el artículo 13 LPH y la capacidad de fiscalización de cada propietario sobre la gestión comunitaria debe hacerse dentro del régimen asambleario de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.

 

Otras sentencias minoritarias más restrictivas, entienden que al afirmar el artículo 20 que la custodia es a disposición del propietario, debe entenderse que pueden solicitar lo que quieren, lo que es, a mi juicio,  una barbaridad ya que el Administrador trabaja y cobra para la Comunidad y no es el administrador de cada uno de los propietarios que la constituyen.

 

            Ahora bien, lo que haría es indicarle a ese propietario que sin acuerdo de la Comunidad de Propietarios no puedes hacer entrega de la Documentación.

 

No obstante tu deber es informarle de lo que quiera y exhibírsela. En la próxima Junta debe la Comunidad decidir si autoriza a la Administradora a entregar documentación Comunitaria a cualquier propietario que la misma.

 

           

            Cordialmente,

 

            Sebastián Romaguera

 

 


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