Me dirijo a vosotros con el fin de poder solucionar una duda sobre el vencimiento de un contrato de arrendamiento de despacho.
Se trata de un contrato firmado en fecha 30 de Abril del año 1985, tanto la parte Arrendadora como la parte Arrendataria son personas físicas. Necesito saber cuándo tiene su vencimiento, ya que en el contrato sólo se indica que la duración es por meses, sin especificar fecha de finalización.
Respuesta:
Visto el contrato te indico que este contrato ha finalizado. Se está prorrogando en virtud de la tácita reconducción mensual prevista en el artículo 1.566 en relación al artículo 1.580 del Código Civil.
El contrato, en cuanto a su duración, está sujeto a lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta de la LEY/94 y referido a los arrendamientos en los que se desarrollen una actividad profesional, que finalizaba a los 5 años desde la promulgación de la mencionada Ley locativa.
Cordialmente,
Sebastián Romaguera
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