CONSULTA
Un local que tenemos en una comunidad nos solicita lo siguiente, te hago un copia-pega:
“El propietario nos ha encargado la gestión de recabar la documentación necesaria para la deducción del IVA soportado de los gastos comunes y extraordinarios según su coeficiente de participación en la comunidad.
Si las facturas son escaneadas, necesitamos nos envíen debidamente firmado y sellado un certificado que indique la validez de las mismas, es un requisito de la AEAT al no poder tener los documentos originales, en el simplemente tienen que indicar que como administradores de la CCPP certifican que las facturas son copias de las originales, la empresa emisora y los numero de factura afectados.
Además, le informamos sobre la consulta vinculante V0027 de 13 de enero de 2014, la cual indica que las empresas pueden deducir el IVA de los gastos que han sido facturados a las comunidades de propietarios.”
Tengo entendido que las comunidades son consumidores finales y por lo tanto no se desgravan el IVA.
Nos podéis informar al respecto, nadie más no lo ha solicitado.
RESPONDER
Es correcta la emisión de este certificado por parte de la Comunidad de Propietarios para que el propietario del local se pueda deducir el IVA.
Adjunto la consulta a la que hago referencia mi respuesta.
Estoy a vuestra disposición para cualquier aclaración.
Joana Cortés
Asesora Fiscal
Puedes ponerte en contacto con nosotros.