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26 Octubre 2021

FISCAL: Declaración por subvención Dividendo Digital   

Me gustaría saber si a raiz del pago de la subvención del segundo dividendo digital, por parte de la Comunidad de Propietarios se ha de presentar algún modelo a la AEAT o emitir algún certificado a los propietarios para que lo incluyan en su IRPF.

He visto que en el Real Decreto -Ley 19/2021 de 5 de Octubre se menciona algo al respecto. Os lo adjunto.

 

Respuesta:

 

Respuesta de la DGT. Consulta Vinculante V3443-20 de 27 de noviembre de 2020

De acuerdo con la normativa expuesta:

  • La subvención de la que es beneficiaria la comunidad de propietarios consultante se atribuirá a cada uno de los propietarios en función de su coeficiente de participación en el edificio, en cuanto, conforme al artículo 3 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal, este es el módulo para determinar la participación de cada propietario en las cargas y beneficios por razón de la comunidad, salvo que en los estatutos de la misma se dispusiese otro reparto.
  • La comunidad de propietarios debe determinar la renta total de la entidad y la atribuible a cada copropietario y cumplimentar, cuando esté obligada a ello, como sucede en el caso planteado ya que la subvención obtenida es superior a 3.000 euros, la declaración informativa modelo 184.
  • Los copropietarios, personas físicas, no tendrán que declarar la ganancia patrimonial obtenida en la medida en que ésta no supere el límite de 1000 euros en los términos antes expuestos.

 

Saludos cordiales

Joana Cortés


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