Tenemos una comunidad de propietarios en la cual en el aparcamiento en el nº 31 de orden (dos últimas páginas) estipula el régimen por el que debe pagar, no teniendo claro si en los gastos de rehabilitación del edificio, seguro comunitario, etc, deberá formar parte, por ello le agradecería su asesoramiento al respecto, ya que la propiedad de momento no ha querido hacerse cargo de dichos gastos.
(Adjunto división horizontal)
Agradeciendo su atención por adelantado, reciba un cordial saludo,
Respuesta:
Las notas registrales del título constitutivo que me has facilitado no excluye a los propietarios de los aparcamientos al pago de las obras NECESARIAS para la rehabilitación del edificio del que forman parte y por tanto junto con el seguro comunitario que contemple como riesgo el edificio en general y sus instalaciones, deben ser asumidas por la totalidad de las partes determinadas del edificio (aparcamientos, locales y viviendas).
Cordialmente, Sebastián Romaguera
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