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19 Septiembre 2019

Gastos por coeffciente o partes iguales   

Si en el título constitutivo de una comunidad se aprueba que los gastos se repartirán a partes iguales, ¿puede un vecino, al cabo de 30 años solicitar que se proceda al reparto por coeficientes de copropiedad y que se le deba proceder a acceder a su pretensión? y por otro lado, si expresamente no lo plasma el libro de actas pero tácitamente siempre, desde los inicios de la comunidad, se ha venido haciendo el reparto de gastos a partes iguales, se presupone que sería como la primera cuestión de este punto?

 

Respuesta:

Como declara el Tribunal Supremo en Sentencia 7.Mar.2013 , " El hecho de que durante años se haya venido contribuyendo a los gastos comunes de una forma distinta a la prevista en los estatutos de una forma arbitraria, caprichosa o por simple comodidad o inercia, en modo alguno significa que haya existido un acuerdo inequívoco de los copropietarios dirigido a modificar los estatutos, sino que se trataría de una práctica simplemente tolerada". Lo que entiendo es que no es posible, tal como señaló la STS del 29 de Mayo de 2.009, invocar un acuerdo escrito ni solemnizado, pues aunque haya podido tener vigencia durante años, no es inamovible.

 

Por tanto, o bien no se discute esta forma de reparto o debe someterse a un acuerdo de Junta de Propietarios para volver a las cuotas de participación que determina el título constitutivo. Ese acuerdo no debería ser adoptado por unanimidad, pues como dice la sentencias del Tribunal Superior, no se trata de modificar reglas contrarias a la Ley o Estatutos sino adecuar el pago realmente a lo que señalan. Si se trata de un nuevo propietario que accede a una Comunidad de Propietarios y no existe en el registro escritura de modificación de la forma de pago de los gastos de Comunidad ni lo conocía, obvio es que puede exigir que los gastos se distribuyan, en este caso, por cuotas.

 

Cordialmente,

 

Sebastián Romaguera


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