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Servicios

10 Febrero 2017

Gastos reparaciones por parte del Presidente   

La Presidenta de una Comunidad de Propietarios que administramos, nos plantea realizar unas pequeñas mejoras y reparaciones en la finca y no sabe el tope en cuanto al coste que puede emplear para realizar dichas mejoras sin acuerdo de Junta y claro, no queremos tener problemas con los demás propietarios.

Éstas consisten en:

-Reparar un programador que hay actualmente en el garaje y que no funciona bien (514,25€)

-Sustituir luces de emergencia en los rellanos de la escalera (641,11€)

-y otras con un valor más pequeño.

La Comunidad tiene las liquidaciones bimensuales y aproximadamente ascienden a 1.400 €.

 

Respuesta:

Obvio es que entre las obligaciones del administrador encuadrable dentro de lo previsto en el artículo 20.1.c) de la Ley de Propiedad Horizontal, existe el de atender a la conservación y entretenimiento de la casa, disponiendo las reparaciones y medidas que resulten urgentes, dando inmediatamente cuenta de ellas al presidente o, en su caso, a los propietarios.

 

En tu caso además, resulta que la Presidenta te comunica que se deben realizar los arreglos que detallas en tu pregunta que únicamente puede considerarse como pequeñas reparaciones necesarias para el mantenimiento y conservación del inmueble.

 

Por tanto, a la previsión legal antes señaladas, se une la petición de la Presidenta, por lo que no existe, jurídicamente hablando, ningún problema para que se realicen, es más, es tu deber.

 

Ni que decir tiene que en la próxima Junta debe informarse de las mentadas reparaciones.

 

Cordialmente,

 

Sebastián Romaguera.


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