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01 Mayo 2013

Grabación de una Junta de Propietarios   

Pregunta:

 Para la grabación de una junta es suficiente con aprobarlo al principio de la junta con mayoría simple.

Respuesta:

Apreciado Administrador:

 

            Obvio que por mera prudencia se puede aprobar antes del inicio de la Junta la grabación. No obstante opino que puede perfectamente el Administrador-Secretario optar por esa grabación al objeto de poder constatar en el acta lo que se ha tratado en  la Junta. Incluso esa grabación serviría como medio de prueba en Juicio. Las nuevas tecnologías deben presidir el desarrollo de las actividades sociales y profesionales. Son innumerables las ventajas que puede suponer para un administrador y por ende para la propia Comunidad, la posibilidad de grabar en video o en audio la celebración de la Junta de propietarios.

 

            La Ley de enjuiciamiento Civil ordena registrar el desarrollo de los juicios en sistema de grabación y reproducción del sonido…obvio que con más motivo puede hacerse en las Comunidades de Propietarios. No debemos olvidar que con ese medio se evitaría cualquier cuestión o problemática que se suele plantear periódicamente en todos las Comunidades sobre lo que se debatió o acordó en la junta, lo que ayudaría a acreditar la realidad, evitar impugnaciones judiciales y en definitiva a facilitar la función de los jueces y tribunales que podrían visionar realmente lo sucedido en la Junta. Pienso que muchos de los participantes dejarían de cuestionar, protestar, boicotear e incluso insultar, injuriar y calumniar a los presentes si realmente saben que se está grabando la Junta de Propietarios.

 

            Cordialmente,

 

            Sebastian Romaguera.

 

 Pregunta 2:

Una propietaria, concretamente la Presidenta, se niega a que la reunión sea grabada

Me alega la probable necesidad de Unanimidad para su grabación

 

En que me puedo basar para poder grabar una junta que además será problemática

 

Gracias

 

Respuesta 2:

Apreciado Administrador:

 

            No es necesario, en forma alguna, el acuerdo unánime para grabar una junta de Propietarios. Basta en todo caso, el voto de la mayoría. Incluso opino que ni se precisaría un acuerdo expreso.

 

            Atentamente,

       

Sebastián Romaguera

 

 

 

 

 

 


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