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Servicios

31 Enero 2017

Guarda y custodia facturas y documentación   

Pregunta:

¿Cuántos años estamos obligados a guardar las facturas de las comunidades?

 

Respuesta:

Señala el artículo 19 de la Ley de la Propiedad Horizontal, que el secretario deberá conservar, durante el plazo de 5 años, las convocatorias y demás documentos relevantes de las reuniones.

Siempre he aconsejado que para salvaguardar la responsabilidad profesional, se guarden los últimos 15 años a los efectos del artículo 1.964 del Código Civil, que la Ley 42/2015 rebajó el plazo de prescripción a 5 años desde su promulgación.

 

Cordialmente,

 

Sebastián Romaguera


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