Queríamos realizar una consulta asociada a la posibilidad de cobrar honorarios por las gestiones realizadas debidas a una demanda interpuesta a una de nuestras Comunidades por parte de un propietario.
En breve se celebrará el juicio y nos gustaría saber si podemos incluir dentro de las costas del mismo las gestiones, los desplazamientos y las reuniones celebradas para la preparación de la defensa en lugar de intentar pasarlos como gastos privativos al susodicho propietario.
Por otro lado, desconocemos si hay algún baremo con respecto a este tipo de gestiones.
¿Podrían indicarnos si legalmente se pueden incluir los gastos de gestión originados en las costas del juicio, por favor?
¿Hay algún lugar donde consultar los honorarios a facturar por las gestiones realizadas?
Respuesta:
Obvio es que los honorarios del Administrador de la Comunidad por preparación del proceso no pueden ser incluidas en la Tasación de Costas, procesalmente hablando.
Que el administrador las puedas cobrar de la Comunidad de Propietarios depende del acuerdo que a tal efecto se haya adoptado en Junta de Propietarios.
Cordialmente,
Sebastián Romaguera
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