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Servicios

04 Octubre 2019

Honorarios por coeficiente o partes iguales   

 

Los honorarios de administración, siempre los he distribuido a partes iguales, ya que cuando oferta a una comunidad lo hago por número de partes determinadas. Y entiendo que es susceptible de individualizar y por lo tanto uso ese criterio.

 

El problema es que ahora he recibido una demanda de una propietaria requiriendo que se aplique por coeficiente. La división horizontal del edificio establece que deben ser por coeficiente, salvo los del zaguán y escalera que son a partes iguales. La anterior administración ya aplicaba dicho criterio en los honorarios de administración, incluso cuando la Sra. que ha presentado la demanda era Presidenta. Las cuentas están aprobadas cada ejercicio con dicha distribución.

 

Me gustaría recibir una respuesta, para el criterio que estamos empleando, ya no de cara a esta comunidad, sino para todas ya que uso el mismo criterio.

 

Respuesta:

La doctrina sobre este extremo está muy dividida y existen sentencias en ambos sentidos. La labor, estudio y planteamiento, sobre el caso concreto, deberá hacerlo el abogado que la comunidad contrate.

 

Ahora bien, a mi juicio y sin conocer el asunto concreto, si se ha venido pagando por partes iguales desde hace años, debe existir una Junta de Propietarios que a lo menos decida por mayoría volver a aplicar lo estipulado en el título constitutivo, sin olvidarnos que también debe señalarse en la contestación a la demanda que la actora, durante muchos años, ha venido pagando y aceptando, el pago de los gastos a partes iguales por lo que no puede ir contra sus propios actos.

 

La AP de Baleares en la sentencia del 2 de marzo de 2.017, señaló: “que no se puede impugnar el sistema de reparto por partes iguales cuando además durante años ha estado abonando los gastos conforme a dicho sistema, yendo en contra de sus propios actos”.

 

Cordialmente,

 

Sebastián Romaguera

 

Re-pregunta:

Gracias por la contestación, tenemos las cuentas aprobadas cada ejercicio con dicha distribución y una acta donde se aprueban el presupuesto de administración donde se indica que se pagarán 6 € / mes por vivienda, donde ella está presente y voto a favor, creo que tenemos argumentos más que sólidos para defender nuestra postura.

 

Ahora bien, si en un futuro alguien me solicita un cambio de distribución de este tipo de gastos ¿cómo debo proceder?

 

Muchas gracias por su respuesta y reciba un saludo.

 

Respuesta:

Creo que esa propietaria no tiene nada que hacer…pero ya sabes que el derecho no es una ciencia exacta. Debes seguir aplicando esta tesis a no ser que la Junta decida lo contrario.

 

Cordialmente,

 

Sebastián Romaguera


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