Consulta jurídica en materia de propiedad horizontal con el asesor del Colegio, al objeto de clarificar cuestiones preliminares ante la interposición de demanda de parte ó la defensa jurídica que deberá soportar la Cmdad respecto de lo siguiente:
Le adjunto división horizontal y estatutos d la Cmdad, así como informe técnico (última hoja) Lamentablemente no disponemos de fotografías a día de hoy, pero si se consideran imprescindibles y/o necesarias para una mejor visión de la problemática que se ha suscitado, le puedo dar traslado de ellas en 24 h. La vivienda y terraza aneja objeto de controversia se halla descrita como vivienda letra “E” en las pág 6 y 7; en esta última hoja se halla también las normas estatutarias.
Entiendo que posiblemente estos estatutos comunitarios rozan la ilegalidad al infringir derechos dispositivos y necesarios de la propia Ley de Propiedad Horizontal.
Realmente deberíais determinar previamente la causa que determina la reparación que debe realizarse a través de un informe técnico de un arquitecto y ello tras realizar las comprobaciones que creas necesarias (catas, humedades, flechas viguetas…. etc etc).
Si realmente la reparación viene determinada por la instalación de esa maquinaria industrial, obvio es que corresponde al propietario del local su reparación y por tanto la retirada de las instalaciones allí ocupadas.
No creo que sea mero envejecimiento de los materiales. La maquinaria instalada será posiblemente la causa de esa reparación.
Cordialmente,
Sebastián Romaguera
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