CONSULTA
Ruego contestación a esta consulta
Un centro comercial, donde la azotea es propiedad particular (hay placas solares instaladas) se acuerda en junta de vecinos que aquellos propietarios que quieran instalar placas solares, lo puedan hacer en la zona del voladizo (de tal forma que no se vea) y se reparte el uso de ese mismo voladizo entre los propietarios de los locales, según lo ya redactado y estipulado en la Obra Nueva, tal como lo ha repartido en su momento el promotor.
Con posterioridad, un vecino que es el propietario del local más grande (que no tiene % de uso ) se ha opuesto y se reserva el derecho de impugnar.
Mi consulta es si este único propietario, que aunque sea sólo un voto, con un gran porcentaje de participación, puede oponerse a dicho acuerdo, ya que no se hace uso de la zona que es de su propiedad, si no que se hace en el voladizo que es de la comunidad
RESPUESTA
1º.- Cualquier propietario, tenga la cuota o votos que sean, puede y tiene derecho a impugnar judicialmente un acuerdo comunitario.
2º.- Otra cuestión es que el Juez estime su demanda de impugnación.
3º.- Para opinar sobre las posibilidades de éxito de dicha impugnación debería analizarse la situación concreta de la instalación, la escritura de obra nueva y sus estatutos, cuestiones que, como ya sabes, no podemos abordar en el ámbito de las consultas.
Juan Romaguera
Abogado
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