¿Es preciso cambiar una canalización de aguas fecales en un local de negocio alquilado?
El local tendrá que estar cerrado por lo menos un mes, y según como sea mucho más. Ya ha avisado que pedirá indemnización por los días que cierre, ¿tiene derecho a pedirla?, ¿quién paga esta indemnización, el propietario o la comunidad?.
Muchas Gracias.
Respuesta:
La doctrina viene señalando que el propietario no es responsable frente al arrendatario de unas obras llevadas a cabo por la Comunidad en elementos comunes que afectan al local. El arrendatario puede solicitar de la Comunidad una indemnización de daños y perjuicios, entre ellos el lucro cesante, siendo los tribunales quienes deberán pronunciarse sobre ese extremo.
Tal como te he dicho la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo, en aplicación del artículo 1554 CC y del Artículo 107 de la LAU de 1964 , en relación con la naturaleza de los elementos e instalaciones objeto de reparación, ha declarado que: "no cabe confundir las reparaciones relativas a la vivienda o local como finca individual, con las que correspondan a la Comunidad de Propietarios del inmueble, ya que las irregularidades en los elementos comunes no pueden ser imputadas a la arrendadora del local, como tampoco las posibles innovaciones para prevenir nuevos daños, pues ello carece de oportunidad en el régimen de propiedad horizontal cuando el menoscabo hay que referirlo a los elementos comunes y son por entero ajenos los daños a las instalaciones y componentes propios del local arrendado". (SSTS de 7 de diciembre de 1984 y 18 de mayo de 2006).
Cordialmente, Sebastián Romaguera
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