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Servicios

08 Junio 2017

Instalación ascensor con pago aplazado   

Una comunidad que va a cambiar el ascensor de la finca. Una de las empresas que ha facilitado presupuesto ofrece la posibilidad de financiar la instalación hasta 5 años.

 

En la junta se decidirá la empresa a contratar y las forma de pago a la misma, que seguramente sea aplazada a esos 5 años.

 

En el acta se fijará la forma de pago a la comunidad de cada propietario con un calendario de pagos.

 

Las dudas:

- Entiendo que si hubiese cualquier problema con el pago de las correspondientes cuotas de la comunidad a la empresa, ésta podría optar por demandar a todos los propietarios a título personal, pero llegado el caso de una ejecución sólo se verían afectados los vecinos morosos por deudas con la comunidad, no aquellos que acrediten estar al corriente de pago.

- En este sentido, y aunque se haya fijado este año la cantidad a pagar total de cada propietario, se considerará moroso al propietario que incumpla el pago en el vencimiento. ¿Es así? En caso de incumplimiento del pago de un vencimiento se podría considerar incumplido el acuerdo de pago y por tanto todos los pagos futuros considerarse pendientes?

- En caso de que un propietario venda antes de la finalización de los pagos ¿debe pagar la totalidad de lo aplazado? O es el nuevo propietario quien debe asumir esos pagos.

 

Respuesta:

Yo entiendo, que estamos ante un elemento común (ascensor) y es la

Comunidad quien contrata esa sustitución. Sin perjuicio de la posibilidad de que la empresa ascensorista en el futuro de que dirija un pleito contra la CP y todos los propietarios que la constituyen, sino existe una obligación personal firmada contractualmente entre cada uno de los propietarios y la empresa de los ascensores, ésta no puede más que dirigir el pleito contra la CP y la totalidad de propietarios y no individualmente a cada moroso. Es mi opinión.

 

Cordialmente,

 

Sebastián Romaguera.


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