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26 Marzo 2021

Instalación ascensor personas ancianas, dependientes, discapacitados   

Tenemos una comunidad de propietarios en que se solicitó por parte de determinados propietarios ancianos y un dependiente, la instalación del ascensor en el edificio lo cual además se aprobó por más de 3/5 partes de los propietarios y cuotas. A partir de aquí se puso en marcha el tema técnico con el proyecto de un arquitecto, lo fácil era una alternativa,  pero como se valoró otra por los problemas que daba la primera. Os cuento, porque veo que hemos enrocado, volvemos al punto de partida, o peor porque los que votaron inicialmente a favor del ascensor, los que votaron a favor de la opción de remodelar la escalera, se están volviendo incluso a atrás (no digo ya los que nunca estuvieron a favor de poner ascensor, por el coste, o porque se le expropiaría un toso de local comercial)

 

1.-La alternativa, fácil era instalar el ascensor en el patio (zona comunitaria) lo que representa perder la habitabilidad de la habitación principal

 

2.- La alternativa de instalarlo en la escalera, hay que deshacerla de arriba abajo, además de cara implica que los vecinos tienen que dejar el edificio libre un mes, por tema seguridad.

 

La alternativa dos además de  ser una obra faraónica, el coste es descomunal, se habla de no menos de 20.000 euros por entidad, pero la alternativa 1 aunque dicen que el Ayto e industria no pone problemas, este viene de cara a la cédula que se perdería ocupación, pues la habitación tendría que pasar a ropero, estudio, etc…. es decir de manera que si ahora tienen una habitabilidad pongamos de 6 personas, se quedaría en 4. Claro, pero esto afecta a la propiedad privada y entiendo que la decisión debería tomarse por unanimidad, la cual no se conseguirá de ninguna manera, sobre todo por los propietarios de los pisos afectados (que no son todos).

 

El tema está en como simultanear el tema de la obligación de dotar de accesibilidad el edificio cuando hay personas mayores y dependientes que no pueden salir a la calle, que es el caso, con el tema que te comento,  que se perjudica a determinados propietarios, no se si veis viable el plantearles una indemnización, si sería inexcusable tener que aceptarla, por similitud, como en el caso de tenerle que expropiar un trozo de la entidad; que tampoco creo que prospere porque ya hubo gente ayer que dijo que ni por dinero daría su voto a favor.

 

Necesito ayuda para ver como se ha resuelto esto en otras ocasiones que se puedan haber planteado a otros compañeros, o que línea deberíamos seguir para conseguir instalar un ascensor


Respuesta:

                La decisión, en todo caso, correspondería a un Juez, ante cualquier impugnación que realizara cualquier propietario a cualquiera de los acuerdos que se adopten. Por mucho que indique la LPH existen situaciones en algunos inmuebles que hacen imposible la instalación de un ascensor. No te olvides que la obligación de cada propietario de abonar la instalación del ascensor no puede exceder de las 12 mensualidades ordinarias de gastos de comunidad, el resto de su coste, mas allá de las citadas mensualidades, deberán ser asumidas por  las personas que requieran esa instalación. A lo mejor aquí está la clave.

 

Cordialmente,

 

Sebastián Romaguera

 


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