En una comunidad de propietarios de un parking, dos propietarios de dos plazas colindantes están peleados. Uno de ellos quiere instalar pilones/bolardos para que el de la plaza colindante nunca pueda invadir su plaza, ni para maniobrar, abrir puerta, etc. me gustaría conocer su opinión de si es viable, que mayoría sería necesaria para autorizar la colocación de estos pilones, ...
Respuesta:
Mi opinión es que si se ubican en el espacio exclusivo interior de cada plaza de aparcamiento, no invade la zona de rodadura y maniobra, no afecta a elementos comunes y no está prohibido en los estatutos, puede instalarlos.
A tal efecto existe una sentencia reciente de la AP Valencia de 25 de marzo de 2.019, que permite la colocación de cepos.
Ni que decir tiene, que fuera de los limites interiores de cada aparcamiento…se debe solicitar autorización expresa a la Comunidad que de ser una instalación sencilla (ejemplo un cepo) bastaría el acuerdo de mayoría.
Cordialmente,
Sebastián Romaguera
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