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07 Marzo 2024

Instalación bomba de agua en foso ascensor   

CONSULTA

Mi consulta es algo complicada.

En el 2007 se construyó un edificio de planta baja más dos plantas piso con ascensor. La promotora quebró y el ascensor no se instaló. Tenía que ser un ascensor hidráulico porque las segundas plantas son “triplex” por tanto no se podía instalar la maquinaria arriba en una caseta.

El foso donde debía ir la maquinaria se llena de agua, no sabemos este agua de donde viene, podría ser agua de mar porque está en primera línea del puerto o podría ser de una mala instalación de desagües.

El foso del ascensor, a su vez, está conectado a otro foso que entendemos que sirve para ir evacuando el agua del foso del ascensor; este segundo foso está conectado a la fosa séptica del edificio.

Este conjunto de instalaciones llega a provocar malos olores tanto en la entrada del edificio como en el local en planta baja.

Todos los asistentes votaron a favor de la solución más económica que es instalar una bomba de extracción con válvula antirretorno y si algún día se tiene que poner en marcha el ascensor ya se hará la reparación que sea necesaria.

El propietario del local en planta baja dice que como el artículo 2 de los estatutos dice: “Los titulares de locales comerciales en planta baja, no participarán en los gastos comunes de vestíbulo, escalera ni ascensor, en tanto no tengan acceso a través de ellos, si bien se harán cargo de los gastos que ocasionen sus respectivos accesos exclusivos”, no debe contribuir a la instalación de dicha bomba.

Yo entiendo que según el Artículo 396 del Código Civil y el Artículo 9-e) de la LPH si debe contribuir a dicha instalación y que, incluso, deberá contribuir a la puesta en marcha del ascensor si fuera necesario.

La pregunta es: ¿Debe el local contribuir a la instalación de la bomba con válvula antirretorno?


RESPUESTA

El foso del ascensor forma parte de la estructura del edificio y, por tanto, es un elemento común a cuyo mantenimiento debe contribuir la totalidad de partes determinadas en función de su coeficiente de propiedad.

No estamos hablando de un coste de instalación o mantenimiento del ascensor -que no está ni instalado- sino de una deficiencia que padece el edificio consistente en que el foso tiene filtraciones de agua freática que afectan a la estructura del integro edificio.

La instalación de una bomba de extracción como solución de la patología descrita es claramente una obra a la que debe contribuir la totalidad de propietarios incluidos los locales, siempre por coeficiente.

En cuanto a la obligación de los locales de contribuir a la instalación y puesta en marcha del ascensor, salvo que los estatutos establezcan expresamente que los locales no contribuirán a los gastos de instalación del ascensor, están obligados a ello.

Juan Romaguera

Abogado


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