Quieren instalar una cámara de vigilancia en el edificio. ¿Se puede llevar a cabo dicha instalación? ¿El enfoque debe ser únicamente dentro del edificio o también puede ser en exterior (vía pública)?
Respuesta:
Es posible instalar videocámaras para seguridad y vigilancia a través del acuerdo mayoritario de la junta de propietarios y evidentemente sin enfoque a espacios públicos y cumpliendo los requisitos de la instrucción que desarrolla la ley orgánica de protección de datos (distintivos informáticos, tratamiento, impresos etc etc), que cumplimentaran e informaran la empresa que os las instale.
Cordialmente, Sebastián Romaguera
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