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02 Noviembre 2022

Instalación cámara vigilancia en garaje   

Tengo una consulta sobre las cámaras en garaje. A un vecino le han rayado el coche varias veces y quiere instalar una cámara en su plaza de parking. ¿Necesita el permiso expreso de la junta de propietarios?

 

 

Respuesta:

 

No existe interés legitimo comunitario ni se trata de la instalación de un sistema de video vigilancia de las zonas comunes de interés general.  Se trata de la intención de un propietario de instalar una cámara en la plaza de parking para evitar actos vandálicos en su vehículo particular.   

 

En este caso, entiendo que a la CP, para no incurrir en responsabilidad, no le conviene autorizar la instalación de esa cámara, en cuanto de instalarla privadamente ese propietario deberá someterse a los requisitos establecidos en la Ley orgánica y en las instrucciones complementarias que posiblemente le impidan la colocación legal en cuando el tratamiento de datos personales con fines de vigilancia  a través de sistemas de cámaras o videocámaras habla de la necesidad de que el uso y empleo de estos mecanismos de grabación sea proporcionado a la finalidad que se persigue. Principio de proporcionalidad previsto en el artículo 4 de la Instrucción, cuyo apartado 2 señala que sólo se considerará admisible la instalación de cámaras o videocámaras  cuando la finalidad de vigilancia no pueda obtenerse mediante otros medios que, resulten menos intrusivos para la intimidad de las personas y para su derecho a la protección de datos. Añadiendo el apartado 3 que las cámaras y video cámaras instaladas en espacios privados (y esa instalación no se realizara en espacio privado)  no podrán obtener imágenes de espacios públicos, salvo que resulte imprescindible para la finalidad de vigilancia que se pretende, o resulte imposible evitarlo por razón de la ubicación de aquéllas debiendo evitarse, en todo caso, cualquier tratamiento de datos innecesario para la finalidad perseguida.

 

En definitiva, de autorizarse la instalación de esa cámara la CP sería responsable de la ilegalidad de la ubicación e instalación si no cumple con la Ley Orgánica y también de la infracción de las imágenes de todas las personas que transcurren por el garaje y que no han dado su consentimiento para esa instalación.

 

Cordialmente, Sebastián Romaguera


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