CONSULTA
Un propietario de una plaza de aparcamiento en una comunidad de propietarios solicita autorización para realizar un cerramiento de su plaza mediante la instalación de una persiana o sistema de cierre.
Ante esta solicitud, se plantea la siguiente cuestión:
¿Puede un propietario cerrar individualmente una plaza de garaje mediante una persiana u otro elemento similar, o dicha actuación requiere autorización de la comunidad de propietarios y puede estar limitada por la normativa aplicable, los estatutos o la configuración de los elementos comunes del garaje?
RESPUESTA
Salvo que los estatutos lo prohíban expresamente, en cuyo caso solo cabria el acuerdo unánime, el acuerdo comunitario para autorizar el cierre de la plaza de aparcamiento se rige por lo dispuesto en el artículo 10.3.B en relación con el artículo 17.4 LPH, de forma que será necesario el voto de tres quintas partes del total de los propietarios y cuotas de propiedad (sin voto presunto al ser una modificación de aprovechamiento particular) y deberá contar, además, con el consentimiento expreso de los titulares afectados en su caso.
Juan Romaguera
Abogado
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