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Servicios

03 Agosto 2021

Instalación kajak en techo aparcamiento   

Tenemos en una plaza de un parking de una comunidad que tiene instalado un kayak en el techo de su plaza.

Hemos mirado por internet pero queremos tenerlo más claro si puede ponerlo.

Mira el email:

La Ley dice que el uso del vuelo es privativo y nos permite colocar soportes para bicicletas, ya sea con soporte en el suelo, techo o en las paredes de nuestra plaza.

Tenemos este ejemplo del Tribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, sentencia de 17 febrero 2010, rec. 1958/2005 –EDJ 2010/14196– «Una plaza de aparcamiento es, por su propia definición, un espacio destinado al estacionamiento de vehículos (con o sin motor), remolques y similares. El uso de su vuelo es, ciertamente, privativo y, aunque sea poco usual, debe admitirse su posible utilización para otros fines (conjuntamente con el uso de aparcamiento, pero no exclusivamente para otros usos distintos), ya sea usando el espacio situado sobre el techo del vehículo (así, lo que se sitúe o almacene sobre una baca) ya con soporte en el suelo, en el techo o en las paredes (acaso bicicletas o triciclos).»

 

 

Respuesta:

 

Yo entiendo que si no existe prohibición estatutaria concreta (que no suele incluirse) o acuerdo de Junta específico que lo impida, la colocación de un Kayak en el techo del aparcamiento que no afecte al uso de los demás propietarios ni sus derechos, puede instalarse.

 

                No obstante es conveniente que una Junta determine esa prohibición de uso de las plazas de aparcamiento para almacenamiento de objetos.

 

Cordialmente,

Sebastián Romaguera


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