Tengo una consulta jurídica de un tema comunitario
Se trata de un fondo comunitario creado a base de los recargos de morosidad que se han ido aplicando.
Y ahora se decide por la junta que se haga un gasto (CONSISTENTE EN PONER MEDIDORES AGUA) y que la mitad de ese coste lo pague el dinero de ese fondo.
El problema es que sólo beneficia a 14 propietarios de los 15 que hay, ya que un propietario tiene dos locales y una sola entrada de agua. Por el momento este propietario quiere mantener un solo medidor pero en un futuro le puede interesar tener dos medidores.
Y lo que plantea es que se le de en efectivo su parte en el fondo.
Respuesta:
Es sabido por la doctrina que el fondo es de la Comunidad y no individualmente de los propietarios que la componen. Para entregar o devolver una parte del fondo constituido a un propietario es preciso el acuerdo de la junta de propietarios, pues no es un asunto que directa e individualmente pueda ser acordado por el Presidente o el administrador.
En este caso, el problema surge por destinar un fondo a una partida que no beneficia a todos los propietarios en común. Creo que la CP se equivoca y esa partida, al no ser PARA TODOS no debería sufragarse con los fondos comunitarios.
Cordialmente, Sebastián Romaguera
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