CONSULTA
En una comunidad que administro hay una vivienda que ha puesto un motor de presión de forma privativa y de uso particular. En esta comunidad existe un motor de presión comunitario pero no está funcionando porque se encuentra averiado. El tema es que la comunidad quiere saber si es legal que un propietario coloque de forma particular un motor de presión para uso únicamente privativo.
RESPUESTA
Mientras dicha instalación privativa no perjudique al resto de copropietarios (por ejemplo, disminuyendo el caudal a alguna/s de las viviendas del edificio, alterando la correcta distribución del agua, etc.) no veo inconveniente, por cuanto, además, está instalado en su red de distribución interior de la vivienda.
Hay que recordar que la comunidad está obligada a que dicho servicio esencial y general (suministro de agua) llegue a todos vecinos, razón por la cual urge la reparación del motor comunitario y no se puede impedir que mientras esta reparación se lleve a cabo los comuneros adopten soluciones provisionales que no perjudiquen al resto de vecinos.
Juan Romaguera
Abogado
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