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Servicios

21 Febrero 2017

Instalación persiana metálica en rellano escalera   

 

Uno de los propietarios de una Comunidad de vecinos, ha instalado justo a la salida de la puerta del ascensor una persiana metálica con llave, alegando que últimamente han entrado en varios pisos de la Comunidad y que la seguridad del complejo no es buena.

 

El piso es el ático y alega que esta puerta solamente la utiliza él ya que nadie más tiene porque utilizarla ya que sólo sirve para acceder a su piso.

 

Además en el rellano ha puesto una estantería.

 

Le hemos explicado que el ascensor es un bien comunitario, así como el rellano (aunque sólo él lo utilice) y que el técnico tiene que poder acceder a todos los pisos tanto para reparaciones como mantenimiento.

 

Así mismo también debe ser accesible si alguien quedará dentro del ascensor y que, por cualquier motivo, se debiera acceder desde su planta.

 

A pesar de todas estas explicaciones se niega a retirar la persiana metálica, diciendo que si tenemos que acceder llamemos a la Sra. que le cuida la casa o en todo caso, nosotros, como Administradores, podríamos tener una llave.

 

Se niega por lo tanto a quitar nada.

 

Respuesta:

 

 

Obvio es que el rellano señalado tiene la consideración de elemento común y el artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal determina expresamente que ningún propietario podrá realizar alteración alguna. Se ha producido una alteración y un cambio de configuración. Por tanto ese propietario no podía, en forma alguna, sin autorización de la Comunidad, instalar esa puerta o persiana metálica apropiándose además de ese espacio comunitario.

 

 

 

A mi juicio se debe requerir a ese propietario para que retire esa ilegal instalación y en caso de no avenirse a ello, debe la Comunidad, previo acuerdo, solicitar el auxilio judicial para que vuelvan los elementos comunes a la situación anterior.

 

 

 

Ni que decir tiene, que no es justificable las alegaciones vertidas por el mentado propietario, en cuanto las posibles medidas de seguridad, deben instalarlas en su piso y nunca alterando y aprovechándose de elementos comunes.

 

 

 

Cordialmente,

 

 

 

Sebastián Romaguera

 

 


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