Un propietario ha realizado la instalación de sus placas solares privativas en el terrado de la comunidad ocupando una ¼ parte del terrado. El resto de propietarios quiere saber si es correcto o pueden hacérselas retirar.
Respuesta:
Un propietario no puede disponer de elementos comunitarios para uso privativo sin el acuerdo de la Junta de Propietarios. Por lo tanto no puede instalar placas en la azotea comunitaria para su uso particular.
Cordialmente, Sebastián Romaguera
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