Free cookie consent management tool by TermsFeed Policy Generator
Cerrar


Has olvidado la contraseña?
No tienes Cuenta? Create Una.
Cerrar

Recordar
Contraseña

Inserta el correo que
quieres cambiar la contraseña

No existe el correo
Se le ha enviado un correo
Cerrar


Has olvidado la contraseña?
No tienes Cuenta? Create Una.
Cerrar

Recordar Contraseña

Inserta el correo que quieres cambiar la contraseña

No existe el correo
Se le ha enviado un correo

Servicios

19 Junio 2020

Instalación punto de recarga eléctrico en parking comunitario   

 

Respuesta:

El artículo 17.5 de la Ley de Propiedad Horizontal, determina la posibilidad de la instalación de un punto de recarga de vehículos eléctricos para el uso privado en un aparcamiento privado. Se requiere la comunicación previa a la Comunidad. Obvio es que todos los gastos de dicha instalación, que pasa a mi juicio, por la necesidad de instalar, en este caso, su contador propio y su consumo, serán asumidos por el interesado. Obvio es que no puede conectarlo al contador comunitario.

 

                Cordialmente,

 

       Sebastián Romaguera.

 


¿Tienes dudas respecto a las funciones de este Colegio de Administradores de Fincas? ¿Podemos ayudarte?

Puedes ponerte en contacto con nosotros.