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03 Julio 2015

Instalación rampa y/o salvaescaleras   

Buenos días, tengo un problema con una comunidad se trata de una que tiene planta baja con locales ( tipo galería comercial ) y unas escaleras que dan acceso al primer nivel donde están las tiendas y la entrada del edificio. Quieren hacer una rampa pero el propietario de los locales no quiere hacer obra en las escaleras de acceso ya que abajo hay otro local comercial y propone un salvaescaleras mecánico para no hacer obras.

El presidente quiere hacer obras y no quiere oir más opciones.

Por otra parte he leído que el solicitante de la rampa debe sufragar los gastos.

Si lo debe pagar la comunidad, como se dividen los gastos por coeficiente o partes iguales ?

La verdad es que no sé como desbloquear esta situación. Cuanto más leo la ley menos me aclaro, entiendo que es una obra obligatoria pero no creo que se pueda obligar a hacer rampa si se puede instalar un sistema mecánico sin obras.

 

Respuesta:

Creo que faltan datos para la contestación. No se trata de que lo que quiera hacer un propietario o el Presidente(propietario que tiene únicamente la representación legal de la Comunidad) sino lo haya decidido la Comunidad y mejor en virtud de un informe pericial que aconseje las obras que deben hacerse.

El artº 10 de la LPH señala que las obras y actuaciones que resulten necesarias para garantizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad universal son necesarias y tiene carácter OBLIGATORIO impliquen o no la modificación del título constitutivo y no requerirán acuerdo previo de la Junta, si bien queda matizado éste último extremo señalando que esas obras serán costeadas por los propietarios de la Comunidad, lógicamente conforme cuotas a no ser que exista disposición estatutaria diferente, limitándose el acuerdo de la junta a la distribución de la derrama pertinente y la determinación de los términos de su abono.

Cordialmente,

Sebastian Romaguera


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