Me gustaría saber si se puede hacer una Junta Extraordinaria para el cambio de Presidente de una Comunidad, ya que tiene el 25% de los propietarios que están a favor. O si se debe esperar a la Junta General.
Respuesta:
La remoción del cargo de Presidente se puede hacer cuando se quiera, bien en la Junta Ordinaria o en una Junta Extraordinaria.
Atentamente,
Sebastián Romaguera
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