¿El inquilino de una casa que SE VENDE puede oponerse a que en el exterior de la misma se cuelgue un CARTEL que así lo publicite?
Respuesta:
Si para ello ha de entrarse en el domicilio del inquilino, claro…pues el domicilio es inviolable. Te recuerdo que podría el inquilino tener un derecho de adquisición preferente.
Cordialmente,
Sebastián Romaguera.
Re-pregunta:
Dos apuntes:
-Por lo tanto entiendo que si no tiene que entrar no es necesario.
-Por otro lado, si tuviera que entrar, ¿podría hacer uso del derecho de revisión del estado del piso que tiene por cláusula contractual para aprovechar ese momento y colgarlo?
Respuesta:
El domicilio es inviolable conforme señala el Artículo 18 de la CE: “el domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registra podrá hacerse sin consentimiento del titular o resolución judicial”.
Por tanto cualquier cláusula vertida en un contrato de arrendamiento en sentido contrario a los señalado por la norma superior es absolutamente ineficaz….NO PUEDE ENTRAR.
Cordialmente,
Sebastián Romaguera
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