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Servicios

01 Enero 2014

Ley Organica Protección de Datos   

Pregunta:

Quería saber hasta de qué manera funciona la ley de protección de datos en este caso:

Cada dos meses enviamos correo a los propietarios de las comunidades para informarles

de su situación en cuanto al pago de las cuotas, tanto cuotas en curso como deudas

pendientes. Enviar cartas de manera individualizada es un trabajo de que nos hace perder

un tiempo enorme y quería saber si se puede enviar una relación general a todos los

propietarios en la que aparecerían los datos de todos los vecinos y la situación económica

de estos (cuotas pendientes, cobro de intereses por demora, cuota actual, etc...).

He visto que otros administradores envían este tipo de información general, ya que a

nivel particular, en mi comunidad todos saben la situación de todos, pero me quiero

asegurar antes de hacer nada.

Gracias por su atención.

 

Respuesta:

Apreciada Administradora:

El espíritu de la Ley de Protección de Datos, es considerar infracción a la información

facilitada de los propietarios que no tenga relación con los asuntos de la propia Comunidad,

pero que se indique en las cuentas de cada dos meses los recibos pendientes de los

propietarios, es lo normal y correcto. Como ha reiterado con carácter general la propia

Agencia, el uso de los datos personales de los comuneros en el ámbito propio de la Comunidad

y para los fines que son propios de la misma no suponen infracción alguna, y aunque

ciertamente resulte recomendable optar en los asuntos referentes a la Comunidad, por designar

"el piso" en lugar del nombre y apellido del propietario, aunque así se haga, no se infringe la

normativa sobre protección de datos. El Informe 84/2009 (SP/DOCT/16473) de la AEPD indica

que no infringirán la normativa sobre Protección de Datos, siempre y cuando la finalidad se

halle amparada en la Ley de Propiedad Horizontal.

Cordialmente

Sebastian Romaguera


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